SOMOS ESPECIALISTAS
Asesoría en normas de etiquetadoConsulta con nosotros la información obligatoria que deben contener tus productos, para cumplir con las NOM de etiquetado
ETIQUETADO
Contamos con personal especializado en la colocación de etiquetas, ya sea en tu almacén o en la ubicación de tu preferencia.
DISEÑO E IMPRESIÓN DE STICKERS
Elaboración de etiqueta para el correcto cumplimiento de la norma aplicable. Impresión de stickers adheribles y textiles desde una, hasta altos volúmenes. Son etiquetas en rollo.
UNIDAD DE VERIFICACIÓN
Aseguramos la conformidad de tus productos con las NOM y gestionamos la elaboración de dictámenes y constancias de cumplimiento.
ASESORÍA
Revisión y asesoría para que los productos cumplan con la norma. Contamos con un departamento de diseño para hacer las modificaciones en arte del empaque.
ALMACENAJE FISCAL
Gestionamos los procesos de recepción, almacenamiento, etiquetado, dictamen y extracción de tu mercancía de forma simple y segura.
CAPACITACIÓN
Ofrecemos herramientas dirigidas a facilitar la comprensión, análisis e implementación de normas, de acuerdo al tipo de producto que utilices.
Especialistas en Normatividad
Algunas de las Normas con las que Trabajamos
NOM-004-SCFI-2006 Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa
NOM-004-SCFI-2006
Información Comercial - Etiquetado de Productos Textiles, Prendas de Vestir, Sus Accesorios y Ropa de Casa
Información comercial, que los fabricantes y confeccionistas nacionales, así como los importadores, deben incorporar en los textiles, ropa de casa y en las prendas de vestir y sus accesorios.
Es aplicable a los productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa, cuya composición textil sea superior al 50% con relación a la masa.
Se exenta de la aplicación de esta Norma Oficial Mexicana a:
- cobertores eléctricos
- pañales desechables
- toallas sanitarias
- hisopos
- toallitas húmedas
- juguetes confeccionados con materiales textiles
- disfraces
- muebles
- extensibles de reloj de material textil
- escudos
- banderas
- cierres y/o cremalleras
- botones y hebillas forrados de material textil
- paños
- guantes para retirar fuentes del horno
- estuches para maquillajes
- fibras de limpieza desechables
- los destinados a utilizarse como envase o embalaje
NOM-141-SSA1/SCFI-2012 Etiquetado para productos cosméticos preenvasados. Etiquetado sanitario y comercial
NOM-141-SSA1/SCFI-2012
Etiquetado Para Productos Cosméticos Preenvasados. Etiquetado Sanitario y Comercial
Requisitos de información sanitaria y comercial que debe ostentar la etiqueta en productos cosméticos de cualquier capacidad preenvasados y destinados al consumidor final. Es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas o morales que se dedican a su proceso o importación.
Los requisitos son los siguientes:
- Nombre del producto (genérico y específico)
- Datos del importador o fabricante
- Identificación del país de origen
- Instrucciones de uso (si aplica)
- Indicación de cantidad
- Ingredientes
- Leyendas precautorias (si aplica)
- Identificación del lote
- Fecha de caducidad
NOM-050-SCFI-2004 Etiquetado general de productos
NOM-050-SCFI-2004
Información Comercial-Etiquetado General de Productos.
Es aplicable a todos los productos de fabricación nacional y de procedencia extranjera destinados a los consumidores en territorio nacional.
No aplica a:
a) Productos que estén sujetos a disposiciones de información comercial contenidas en normas oficiales mexicanas específicas o en alguna otra reglamentación vigente;
b) Los productos a granel;
c) Los animales vivos;
d) Los libros, revistas, fascículos y las publicaciones periódicas en cualquier presentación, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, discos magnéticos y compactos, cintas y artículos análogos, estampas de álbumes, software, fonogramas, videogramas, audiocasetes y videocasetes, entre otros.
e) Las partes de repuesto o refacciones que son adquiridas mediante catálogos e identificadas con un número de parte o código, atendiendo su marca y modelo, destinadas únicamente para dar servicio o reparar productos.
f) Los demás productos que determine la autoridad competente, conforme a sus atribuciones
NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados
NOM-051-SCFI/SSA1-2010
Etiquetado Para Alimentos y Bebidas No Alcohólicas Preenvasados - Información Comercial y Sanitaria
Información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional, así como determinar las características de dicha información y establecer un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo.
No se aplica a:
a) los alimentos y las bebidas no alcohólicas preenvasados que estén sujetos a disposiciones de información comercial y sanitaria contenidas en Normas Oficiales Mexicanas específicas y que no incluyan como referencia normativa a esta Norma Oficial Mexicana, o en alguna otra reglamentación federal vigente que explícitamente excluya de su cumplimiento al presente ordenamiento;
b) los alimentos y las bebidas no alcohólicas a granel;
c) los alimentos y las bebidas no alcohólicas envasados en punto de venta; y
d) los demás productos que determine la autoridad competente, conforme a sus atribuciones.
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