NUEVO PROCEDIMIENTO DE LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN

por | Abr 9, 2021 | Gestoría | 0 Comentarios

La Evaluación de la Conformidad es la determinación del grado de cumplimiento de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas. Sus funciones son los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación o inspección de los productos, procesos, métodos, instalaciones, servicios o actividades.

En ese sentido, el IFT se ve en la necesidad de emitir el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC) en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual, busca simplificar y agilizar el proceso de evaluación de la conformidad de productos destinados a telecomunicaciones y radiodifusión, obteniendo los siguientes beneficios:

1. Certidumbre jurídica a todos los involucrados en el PEC (IFT, Organismos e interesados)

2. Agilidad, claridad y flexibilidad en los procesos del presente PEC.

3. Fortalecimiento de la autoridad regulatoria del Instituto en materia de evaluación de la conformidad.

4. Aumento en la oferta de servicios y equipos de vanguardia conforme a la evolución tecnológica en beneficio de los usuarios.

El presente PEC es de observancia obligatoria y es aplicable a los productos, equipos, dispositivos, aparatos e infraestructura destinados a telecomunicaciones o radiodifusión que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones y/o hacer uso del espectro radioeléctrico, sujetos al cumplimiento de las Disposiciones Técnicas expedidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

La Evaluación de la Conformidad debe ser realizada por los Organismos acreditados y autorizados o reconocidos por el IFT.

Se establecen algunos puntos importantes:

  1. Se establece que los titulares de los certificados expedidos por los organismos de certificación obtengan también de manera obligatoria el certificado de homologación correspondiente.
  2. Se incorpora la Evaluación de la Conformidad de Infraestructura, así como en materia de radiodifusión.
  3. Se establece que los informes de laboratorio, dictamen de inspección y/o los certificados emitidos por un organismo de certificación no podrán transferirse a otro titular.
  4. Se privilegia el uso de medios digitales para mejorar la comunicación entre los organismos, el Instituto y los interesados en obtener un certificado, dictamen de inspección y/o reporte de prueba.
  5. Se establecen 4 esquemas de certificación conforme a las necesidades identificadas en materia del presente ordenamiento: a) Muestra por modelo de productos para un solo lote, b) Muestra por modelo de productos y vigilancia para más de un lote, c) Muestra por familia de modelos de producto y vigilancia y, d) Muestra por dispositivo de telecomunicaciones o radiodifusión y vigilancia.
  6. Se introduce el concepto de «Dispositivo de telecomunicaciones o radiodifusión» que corresponde al esquema de certificación de «Muestra por dispositivo de telecomunicaciones o radiodifusión y vigilancia».
  7. Se incorpora, a través de dictámenes emitidos por las Unidades de Verificación, la evaluación de la conformidad de la infraestructura y productos mediante. Obedeciendo a la necesidad de contar con auxiliares para realizar dicha evaluación y comprobar in situ el cumplimiento de dicha infraestructura y productos respecto a especificaciones técnicas establecidas en las Disposiciones Técnicas correspondientes como resultado del creciente desarrollo tecnológico.
  8. Se fortalece la vigilancia del cumplimiento de la certificación de los productos mediante diversos criterios y procedimientos, tomando en consideración las condiciones del mercado mexicano y referencias internacionales.

Derivado de lo anterior, se espera un aumento en la oferta de servicios y equipos de vanguardia conforme a la evolución tecnológica en beneficio de los usuarios.

El Procedimiento de la Evaluación de la Conformidad (PEC) tiene una entrada en vigor el 25 de febrero del 2021 y no afectará a los certificados emitidos previo a la publicación de este.